miércoles, 29 de octubre de 2014

Institucionalistas (2)

Commons dice que la teoría económica institucionalista debe estudiar las “transacciones” a diferencia de las teorías “clásicas y hedonistas”: Los economistas clásicos y hedonistas, fundaron sus teorías a partir de la relación del hombre con la naturaleza, pero el institucionalismo es una relación del hombre con el hombre. La unidad más pequeña de los economistas clásicos era una mercancía producida por el trabajo. La unidad más pequeña de los economistas hedonistas era es misma mercancía o una similar que daba placer a los consumidores finales. En cambio la unidad más pequeña de los economistas institucionales es una unidad de actividad: una transacción, junto con sus participantes. La economía institucional estudia el comportamiento, y el comportamiento en cuestión no es más que el comportamiento de los individuos que participan en transacciones, la economía institucional debe analizar el comportamiento económico de los individuos. La cualidad peculiar de la voluntad humana en todas sus actividades, que distingue a la economía de las ciencias físicas, es la de elegir entre alternativas. La elección puede ser voluntaria, o puede ser una elección involuntaria impuesta por otro individuo o por la acción colectiva. En cualquier caso, la elección compromete a la mente y al cuerpo en la acción (es decir, a la voluntad), bien sea la acción y la reacción física a las fuerzas de la naturaleza, o la actividad económica de inducir a otros mutuamente en la transacción. Asimismo, Commons dice que se pueden distinguir tres relaciones sociales implícitas en toda transacción: Las relaciones de conflicto, de dependencia y de orden. Las partes están involucradas en un conflicto de intereses a causa del principio universal de escasez. Pero dependen de las demás para la enajenación y adquisición reciprocas de lo que las demás necesitan pero no poseen. Por tanto, la regla de funcionamiento no es una armonía preordenada de intereses, como supone la hipótesis de los derechos naturales o el equilibrio mecánico de las escuelas clásica y hedonista, sino que realmente crea, a partir del conflicto de intereses una reciprocidad operativa y una expectativa ordenada acerca de la propiedad y la libertad. El conflicto, la dependencia y el orden se convierten entonces en el campo de la economía institucional, basados en los principios de escasez, eficiencia, visión de futuro y factores limitantes derivados de las escuelas anteriores, pero correlacionados mediante las nociones modernas de reglas de funcionamiento de la acción colectiva que controla, libera y amplía la acción individual. El intercambio de mercancías físicas y la producción de riqueza, así como el consumo de riqueza y la satisfacción de necesidades de los consumidores (que constituyen los puntos de partida de los economistas clásicos y hedonistas) se transfieren al futuro. Se convierten en expectativas del futuro garantizadas por la acción colectiva o “institución” de la propiedad y la libertad, que solo se confirman después de concluir una transacción. La economía institucional es el control legal de las mercancías y del trabajo, mientas que las teorías clásicas y hedonistas solo tratan del control físico. El control legal es el control físico futuro.

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